Registro de cambios de turnos

Con Secusoft encontrará una descripción general de todos los turnos en el "Programa de registro", incluida la fecha y hora de acciones como agregar, cambiar o eliminar. Además, aquí encontrará una indicación del recargo por turno que el empleador está obligado a pagar si se cambia un turno dentro de los 28 días.

¿Cuándo tengo que pagar un subsidio por turno como empleador?
Según el Convenio Colectivo de Trabajo de Seguridad Privada, se debe un subsidio por turno a los empleados si cambia un turno dentro de los 28 días anteriores al inicio. Cuanto más cerca esté el turno, en términos de fecha, mayor será el recargo por turno. Es un asunto complejo, sobre todo porque en seguridad, naturalmente, hay trabajos y turnos ad hoc que sólo se completan en el último minuto.

Para poder seguir cumpliendo con los requisitos del Convenio Colectivo de Trabajo de Seguridad Privada, Secusoft ha incorporado una práctica herramienta de cálculo que le permite ver más rápidamente:

  • Si se debe pagar un subsidio por turno
  • El monto aproximado de un subsidio por turno debe ser pagado
De esta manera usted se asegura de que está al tanto de las reglas del convenio colectivo de trabajo y que estas se aplican a su empresa de seguridad. cumplido. Esto también es importante en caso de una auditoría del convenio colectivo de trabajo.

¿Cuánto debe pagarse el subsidio por turno?
El monto de este subsidio depende del número de días que faltan para el inicio del trabajo, desde el momento en que se informa al empleado del cambio. Aplican los siguientes porcentajes:

  • 28 a 8 días de anticipación: 5% recargo por turno
  • 7 a 2 días de anticipación: 10% recargo por turno
  • 1 día de anticipación o el mismo día: 20% recargo por turno
Incluso si un turno tiene una duración superior a los diez horas, se debe pagar un recargo por turno pagado.

¿Puedo, como guardia de seguridad, rechazar un cambio de turno?
Eso es posible, en cuyo caso no recibirá el subsidio de turno.

Un empleador también tiene derecho a cambiar de turno ocho veces al año, sin tener que pagar recargo por turno.

Más información se puede encontrar en cao Seguridad Privada.

Los beneficios:

  • Una descripción clara de las acciones relativas a los turnos
  • Claro por turno cuando se ha creado, modificado o eliminado
  • Un cálculo de cualquier asignación por turno por turno según el convenio colectivo
  • Bien preparado y muy transparente en caso de una posible auditoría del convenio colectivo

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